Cómo solicitar la nueva ayuda fiscal de 1200 euros anuales
Los contribuyentes que tengan derecho a las nuevas ayudas fiscales del IRPF aprobadas con la reforma fiscal pueden solicitar el cobro desde el miércoles a través de la página web de la Agencia Tributaria. Las familias numerosas o los contribuyentes que cuenten con hijos o ascendientes a cargo con discapacidad tienen derecho a recibir 1.200 euros anuales. Los llamados impuestos negativos pueden cobrarse de forma adelantada a razón de 100 euros al mes.
Para ello, los declarantes deben cumplimentar el modelo 143, un trámite que puede realizarse desde hoy mediante DNI electrónico, certificado digital, el Pin24horas o el código Cl@ve. También existe la vía de llamar al teléfono 901 200 345. La posibilidad de presentar el formulario presencialmente se abre a partir del 3 de febrero. En cualquier caso, la solicitud deberá cumplimentarse online desde la página web de la Agencia Tributaria e imprimirla.
El término impuesto negativo refleja que los contribuyentes pueden recibir el importe aunque su cuota tributaria sea menor a la ayuda. “El límite para cada una de las deducciones serán las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y/o mutualidades devengadas en cada período impositivo. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes y/o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos”, señala la Agencia Tributaria. Las subvenciones son acumulables. Es decir, una familia numerosa que tenga a cargo un hijo o ascendiente con discapacidad tendrá derecho a una ayuda de 2.400 euros.
La figura del impuesto negativo no es nueva, aunque hasta ahora se limitaba a mujeres trabajadoras que tuvieran un hijo. A partir de este año, se amplía la casuística. Según los cálculos de Hacienda, 750.000 familias se podrán beneficiar de esta ayuda. Aquellos contribuyentes que no pidan el cobro de forma anticipada recibirán el dinero cuando presenten la declaración anual de la renta.
La reforma fiscal aprobada por el Gobierno incorpora una rebaja de los tipos y tramos del impuesto que corrige la subida aprobada por el Ejecutivo de Mariano Rajoy en diciembre de 2011. Todos los asalariados percibirán que el tipo de retención que les aplican sobre sus nóminas se reduce a partir de este mes de enero. Así, el salario neto se incrementará entre 25 y 30 euros para la mayoría de contribuyentes. Un trabajador soltero y sin hijos que gana 30.000 euros verá como su salario neto aumenta en 21,3 euros, lo que supone un ahorro anual de 255 euros.
Otra de las novedades es que los contribuyentes que ganen menos de 12.000 euros anuales no sufrirán ningún tipo de retención y estarán exentos de tributar por IRPF. Hasta 2014, ello también era así para rentas inferiores 11.162 euros. Hacienda asegura que su reforma beneficia a los que ganan menos.
Para calcular el tipo de retención no se tiene en cuenta la normativa de las comunidades autónomas, que tienen competencia sobre el 50% del impuesto. Así, dos trabajadores que cobren el mismo sueldo bruto y presenten idéntica situación familiar sufrirán la misma retención con independencia del territorio en el que residan. Cuando se presenta la declaración anual entra en juego la legislación de las comunidades. Andalucía o Cataluña son las autonomías que mantienen tipos impositivos más elevados y que han renunciado a replicar la rebaja fiscal aprobada por el Estado. En el lado opuesto destaca Madrid, que cuenta con gravámenes inferiores al resto.
Fuente: Cinco Días.
Comentario a la Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regulan el lugar, plazo y formas de presentación
(BOE del 31 de diciembre)
Antecedente: Los contribuyentes con descendientes o ascendientes con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo correspondiente o que sean ascendientes, o un huérfano de padre y madre, que formen parte de una familia numerosa, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad o por formar parte de una familia numerosa. En caso de familias numerosas de categoría especial, esta deducción se incrementará en un 100 por ciento
Abono anticipado | Los contribuyentes con derecho a la aplicación de las deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo podrán solicitar a la AEAT su abono de forma anticipada por cada uno de los meses en que estén dados de alta en la Seguridad Social o Mutualidad y coticen los plazos mínimos que indica el artº 2 de esta Orden. | |||
Nuevo Modelo 143 | Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Solicitud de abono anticipado | |||
Solicitud | Se presentará una solicitud por cada deducción a la que se tenga derecho. | |||
Tramitación | No se requiere presentar documentación justificativa del derecho. | |||
Forma de presentación | Individual | Una solicitud por contribuyente con derecho a deducción | ||
Colectiva | Por todos los contribuyentes que tengan derecho a la deducción respecto a un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa. | |||
Modificación de la modalidad de solicitud | En el mes de enero | |||
Abono | Transferencia mensual. Puede autorizarse cheque cruzado o nominativo | |||
Plazo de solicitud de abono anticipado | A partir del momento en que se cumplen los requisitos | |||
Cambios |
Se comunicarán en 15 días las circunstancias que afecten al cobro anticipado:
a. Por vía electrónica
b. Por vía telefónica al centro de atención telefónica de la AEAT
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Forma de presentación del Modelo 143 para el abono anticipado | Por vía electrónica por internet |
─ Certificado electrónico reconocido
─ Firma con clave de acceso en un registro previo
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Por vía electrónica a través del teléfono | Se adoptarán por la AEAT medidas de control | |||
En papel impreso | Utilizando el servicio de impresión desarrollado por la AEAT en su Sede Electrónica. En cualquier Delegación o Admón. de la AEAT | |||
Solicitudes correspondientes al mes de enero de 2015 | Abono anticipado de deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo | A partir de 7 de enero de 2015 | ||
Abono anticipado de deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo , cuyo derecho se haya generado en enero de 2015 |
─ Hasta el 28 de febrero de 2015.
─ La presentación en papel impreso (servicio de impresión de la AEAT) podrá ser a partir del 3 de febrero de 2015
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