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Renta 2019. Separación o Divorcio

Como debo realizar mi declaración de la Renta en caso de Separación o Divorcio? Aspectos a tener en cuenta :  La fecha que tomamos de referencia, es la del 31  de diciembre del año que estamos declarando. Por lo tanto, a efectos del IRPF da igual si te has separado el 13 de Enero o el 2 de Diciembre.  Sin hijos o Con hijos 1.- Sin Hijos:  Cada uno realizará de forma particular su declaración de la Renta. Teniendo en cuenta si existen o no pensiones compensatorias al cónyuge, y si hay o no propiedades o cuentas bancarias en común. 2.- Con Hijos: - Lo primero es ver quién tiene la custodia . Si sólo la tiene un progenitor, será éste únicamente el que podrá incluir a los niños en su unidad familiar y realizar la declaración conjunta con estos.  Así mismo el otro progenitor no incluirá a los niños en su unidad familiar, y deberá consignar el importe de la pensión alimenticia que paga por decisión judicial. -Si se tiene la custodia compartida: Tend...

Calendario del Contribuyente 2015

Acceda al Calendario del Contribuyente 2015: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_top_/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Folletos_informativos/Calendario_del_contribuyente/Calendario_del_contribuyente/_Calendario_/_Calendario_.shtml http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_top_/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Folletos_informativos/Calendario_del_contribuyente/Calendario_del_contribuyente/_Calendario_/_Calendario_.shtml

Cómo solicitar la nueva ayuda fiscal de 1200 euros anuales

Los contribuyentes que tengan derecho a las nuevas ayudas fiscales del IRPF aprobadas con la reforma fiscal pueden solicitar el cobro desde el miércoles a través de la  página web de la Agencia Tributaria . Las familias numerosas o los contribuyentes que cuenten con hijos o ascendientes a cargo con discapacidad tienen derecho a recibir 1.200 euros anuales. Los llamados impuestos negativos pueden cobrarse de forma adelantada a razón de 100 euros al mes. Para ello, los declarantes deben cumplimentar el modelo 143, un trámite que puede realizarse desde hoy mediante DNI electrónico, certificado digital, el Pin24horas o el código Cl@ve. También existe la vía de llamar al teléfono 901 200 345. La posibilidad de presentar el formulario presencialmente se abre a partir del 3 de febrero. En cualquier caso, la solicitud deberá cumplimentarse online desde la página web de la Agencia Tributaria e imprimirla. El término impuesto negativo refleja que los contribuyentes pueden recibir el imp...

¿Por qué Hacienda no me ha devuelto la Declaración de la Renta?

Diciembre 2014. En teoría los contribuyentes que antes realicen su declaración de la renta también ingresarán antes la  devolución de la renta .  El ingreso por parte de la AEAT se realizará en la cuenta consignada por cada ciudadano en su declaración en  un plazo no superior a seis meses  desde que finalice la  campaña de renta .  Y es que la  Ley de IRPF establece que las devoluciones deben practicarse antes del final de año  (el plazo legal finalizaría el 31 de diciembre) para quienes obtuvieran un resultado negativo -es decir, a devolver- en su Declaración de Renta 2013.  P uede darse el caso de que pasados los seis meses establecidos por la ley el contribuyente siga sin recibir su devolución de la renta. Incluso se han visto situaciones en las que  el plazo de devolución ha superado los 12 meses  solapándose así con  un nuevo ejercicio de la renta. La causa más común suele ser que Hacienda está realizando com...

EL ILUSTRADOR Y EL I.V.A EN ESPAÑA

Estarán exentos de IVA los servicios profesionales de los ilustradores que consistan en la cesión de derechos de autor sobre sus ilustraciones, siempre que sean obras originales amparadas en derechos de autor. Si en lugar de ceder los derechos sobre una ilustración, se realiza la entrega de material de dibujo hecho a mano, o, una obra original a cambio de una contraprestación, no será exenta de IVA , al tratarse de una obra realizada por su autor, conforme a la normativa del impuesto que considera los dibujos realizados totalmente a mano como obras de arte, debiendo repercutir el tipo reducido de IVA (actualmente el 10%). Si los trabajos realizados tienen por objeto obras no originales o no consideradas obras de arte, deberán repercutir el tipo general (actualmente el 21%). No son aplicables estas normas de exención de IVA, ni de IVA reducido, cuando la actividad se ejerce en Sociedad Civil o Mercantil, por lo cual en estos casos se deberá repercutir en todos los traba...

Tarifa plana para el Alta de Autónomos

En el año 2013 entró en vigor la   tarifa plana de 50 euros   para jóvenes autónomos.  Con la aprobación de la Ley de Emprendedores esta tarifa plana se puede extender a los mayores de 30 años que inicien su actividad como autónomos.  La tarifa plana para autónomos en el 2014 consiste en el pago mensual de 53 euros a la Seguridad Social en lugar de los 261,83 euros que constituyen la cuota mensual mínima.  Por lo tanto esta tarifa plana de 53,07€ (para el año 2014) será de aplicación para todos aquellos nuevos autónomos (independientemente de su edad) que cumplan los siguientes requisitos: No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores. No emplear trabajadores por cuenta ajena No ser autónomo administrador de una Sociedad La Tesorería General de la Seguridad Social ha establecido  tres   requisitos adicionales  en base a sus interpretaciones: No ser administrador de una sociedad mercantil. No haber r...

Reducción del tipo de Retención para profesionales a partir de Julio 2014

El pasado 5 de julio se publicó en el BOE la modificación del tipo de retención general del 21%, permitiendo la aplicación del 15% para determinados profesionales.  El resto de tipos de retención no han variado, el cambio del tipo general del 21% al 19%, también anunciado, aún no se aplicará. Por lo tanto esta rebaja en la retención debe de cumplir una serie de requisitos:  - Autónomos con rentas (derivadas de rendimientos profesionales) inferiores a 15.000 €.  - Se tomará como referencia los ingresos del ejercicio inmediatamente anterior. (2013) - Que el importe facturado en el ejercicio anterior sea superior al 75% de la suma de los ingresos íntegros (brutos) por actividades económicas y rentas del trabajo. - Es obligatorio comunicarle al cliente (pagador) esta circunstancia, y los clientes están obligados a conservar este documento debidamente firmado. Por tanto ahora subsistirán tres tipos de retención para los profesionales:  -El tipo general ...